Derecho a la movilidad
Constitución CDMX
Toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad, comodidad, eficiencia, calidad e igualdad. De acuerdo a la jerarquía de movilidad, se otorgará prioridad a los peatones y conductores de vehículos no motorizados, y se fomentará una cultura de movilidad sustentable.
Constitución Politica de la Ciudad de México. 5 de febrero de 2017 (y su reforma al 24 de marzo de 2023).
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